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Conteo Regresivo para Impugnar la Paternidad en Puerto Rico

El término dispuesto para todos los casos anteriores a la enmienda a la ley para impugnar la Paternidad, el Reconocimiento Voluntario o la Presunción de Paternidad en Puerto Rico es de 6 meses a partir de entrar en vigor la Ley Número 215 del 29 de diciembre de 2009. Para más información, pulse este enlace….

Cambio a la Ley sobre Paternidad en Puerto Rico

Recientemente, se aprobó y entró en vigor una nueva ley que modifica sustancialmente el proceso de impugnación de paternidad en Puerto Rico. La Ley Número 215 del 29 de diciembre de 2009 entró en vigor a los 30 días de aprobarse, así abriendo una “ventana” de seis meses para todos los padres que habían intentado…