Puerto Rico Law Blog

Puerto Rico’s Premier Bilingual Law Blog | El portal de Información Legal Bilingüe de Puerto Rico | Diseñado para el público y el Abogado en Puerto Rico
Subscribe

Welcome to BoricuaLaw, Puerto Rico's Premier Bilingual Law Blog.


BoricuaLaw is published by Christian M. Frank Fas Law Offices with one purpose in mind: Educating the general public on legal topics by explaining complex matters in simple terms. We also provide custom and personalized legal counsel in the areas of Inheritance and Family Law in all of Puerto Rico.

Christian M. Frank Fas Law Offices is a full service legal firm that caters to the needs of non-resident clients and expatriate Puertorricans who must tend to Inheritance and Family Law matters in Puerto Rico. We can assist with all your legal needs, while offering economically viable legal solutions that oftentimes do not require traveling to Puerto Rico.

By limiting our practice to Estates and Family Law, we pursue aggressively the latest legal doctrine in these two areas of practice, while at the same time focusing our efforts on tending to our clients' needs.

Our policy is client-centric.


We strongly believe that every case revolves around our client. This is why our first priority is our client's needs, and their case matter is only part of the solution. Feel free to contact us, and let us show you how different legal counsel can be.

When do Child Support payments end in Puerto Rico?

May 04, 2008 By: Christian M. Frank Fas Category: Child Support

twentyone.jpgThe obligation to provide Child Support payments in Puerto Rico ceases when the minor reaches adulthood.

In Puerto Rico, that age is 21.

Even if the original Child Support Order issued in another jurisdiction states that the obligation ends when the minor reaches the age of 18, if the Child Support payments are reviewed in Puerto Rico, the age when the payments cease is automatically extended until the minor reaches the age of 21.

So remember:

Child Support payments in Puerto Rico end at 21 years.

Acciones Corporativas: Privativas vs. Gananciales

May 03, 2008 By: Christian M. Frank Fas Category: Divorcio

dividends.gifEl pago de la ganancia de una corporación se conoce como “dividendo”. Si una corporación obtiene ganancias, puede entre otras cosas, dividir la ganancia entre sus accionistas.

Al momento de determinar si el pago de las acciones corporativas es propiedad privada o ganancial al liquidar la Sociedad Legal de Gananciales, tenemos que examinar varios factores.

Si los dividendos de las acciones corporativas son pagaderas en efectivo al liquidarse, ese pago es ganancial. No importa que la corporación sea privativa, el pago en efectivo de las acciones es ganancial.

Si los dividendos pagaderos por las acciones corporativas son pagaderos en acciones, las acciones son privativas. Esto comúnmente se conoce como un “split”, en donde la cantidad de acciones en la cartera del accionista se duplica para equivaler el valor incrementado del caudal corporativo.

Generalmente, la presunción de gananciabilidad que indica que los bienes privativos se presumen gananciales si fueron adquiridos durante el matrimonio se puede derrotar fácilmente al momento de determinar si el pago de acciones corporativas es privativo o ganancial. Solamente hay que examinar cómo han de pagarse las mismas:

Acciones en Efectivo = Ganancial

Acciones en Acciones = Privativo

¿Por que los clientes se van?

March 07, 2008 By: Christian M. Frank Fas Category: Abogados

Recuerdo que cuando era niño, era fanático de los chicles Blony. Es más, aún lo soy. Cada vez que puedo, todavía paro a comprar una peseta en chicle en el colmadito al lado de la Plaza del Mercado de Cabo Rojo, en donde guardan los dulces en recuadros de madera dentro de una vitrina de cristal. Siempre pedía cinco Blonys, excepto que ahora cuestan un poco más.

Pegado al lado de la vitrina de dulces, había un papel, ya amarillento por el tiempo, pegado con cinta adhesiva. Era un anuncio titulado:

¿Por que los clientes se van?

El anuncio decía:

¿Por que los clientes se van?

1% Se muere
3% Se muda
5% Consiguen otros amigos
9% Porque lo consiguen más barato
14% No están satisfechos con el servicio.
68% Por la actitud de indiferencia de algunos empleados.

Recordé este anuncio muchísimo esta semana. Por alguna razón preocupante, la gran mayoría de las consultas que acostumbran llamar a mi oficina fueron de clientes muy molestos con sus abogados actuales. Todos tenían un factor en común: un abogado o abogada que no se comunicaba con ellos.

Algunos se quejaban de llamar incesantemente a sus abogados y dejar mensajes que nunca eran devueltos, otros se quejaban de que su abogado no le explicaba qué estaba pasando en su caso. El más grave me contó que su caso llevaba 12 años tramitándose, y que el abogado no le decía por qué. Todos estaban fuirosísimos, todos desconfiaban absolutamente de contratar a otro abogado, una señora me dijo que un reconocidísimo abogado del Area Metro era un “abogaducho de pacotilla” y tres me preguntaron cómo formular una querella en el Tribunal Supremo. En un sólo día, llamaron seis clientes hartos de escuchar excusas de secretarias y decidieron llamar a otro abogado al azar para contestar preguntas que en su mayoría eran sencillas.

Lejos de intentar interferir con clientes de otros abogados, mi contestación era casi automatizada: “Por favor, dígale a su abogado que no está conforme con su trabajo. Si no lo escucha, pídale la renuncia y luego me llama.” Algunos me agradecieron la honradez de limitarme a contestar sólo lo necesario, otros quedaron más molestos que cuando llamaron.

Entonces, ¿Qué le paso a cada cliente? Sencillo…su abogado o abogada olvidó que tiene que trabajar con el cliente. No con el caso del cliente.

El caso del cliente tiene un principio y llega a un final. No importa si dura años en resolverse, siempre habrá un final. El cliente, si se trata bien, dura toda una vida.

En vez de señalar los errores (y horrores) que he escuchado de otros abogados, voy a listar qué yo hago para evitarlos.

1. Yo hablo con mi cliente. Cuando me llama, yo cojo la llamada y escucho sus preguntas. Si tengo el tiempo, le explico todo paso por paso en términos sencillos hasta que me entienda. Liquido todas sus preguntas paso por paso, y escucho cuales son sus mayores preocupaciones. Al explicarle, le libro sus miedos sobre el proceso legal misterioso que le abruma, y un cliente tranquilo confía en que su trabajo está siendo bien atendido. Si no tengo el tiempo, cito al cliente a una llamada telefónica después, y sólo lo llamo si cuento con suficiente tiempo para dedicárselo.

2. Yo envuelvo a mi cliente en el proceso. ¿Quien mejor que mi cliente para que sepa los detalles de su propio caso? Son la mejor fuente de información, y están “adentro” del caso todo el tiempo. Yo le envío copia de todos los documentos que recibo y radico, y le pido que los guarde en su archivo. Así, lo envuelvo como lo que es: parte integral del proceso. Dos mentes piensan mejor que una. Yo fui entrenado como abogado, pero es el cliente quien está experimentando lo que me pide resolver. Mi cliente se siente útil, está informado de todo en todo momento, y la gran mayoría de las veces aporta información esencial a tiempo para prevenir un daño mayor futuro, o resolver un problema potencial. Enviarle todos los documentos sirve otro propósito. Si por alguna razón imprevista mi archivo se pierde, tengo un “backup” asegurado con el cliente. Puedo reconstruir mi archivo con las copias del cliente. Todos guardan celosamente hasta el último papelito que les envío, y así me gusta que lo hagan. Son custodios maniáticos de mis documentos, al igual que yo lo soy de los suyos.

3. Yo me encargo de eliminar los mitos. Siempre que un cliente nuevo me llama, llega con toda una gama de mitos, medias-verdades, cuentos populares, mentiras, dimes y diretes de otras fuentes de “derecho”, segundas y a veces terceras consultas de otros abogados que no saben de la materia, pasadas experiencias familiares que no aplican, y opiniones del primo de la novia de su compradre que escuchó en el cafetín que “eso era así”. Mientras el cliente me va contando, voy explicándole qué de su cuento o creencia es cierto, y que no lo es. Así, no sigue propagando la amplia gama de conocimiento popular de procedimientos legales falsos, y se encarga de informar a todos que recibió la información incorrecta. El resultado final es un grupo de personas, y quizás clientes potenciales, bien informados que saben exactamente qué preguntar después.

4. No soy rígido con mi horario. Yo modifico mi horario al de mi cliente. Por lo general, trabajo a ciertas horas, pero si un cliente quiere reunirse conmigo, es el cliente quien decide a qué hora verme. Salvo los compromisos previos, como vistas en el Tribunal, puedo y suelo reunirme con mis clientes a cualquier hora, fines de semana, de noche, días feriados y fuera de la oficina, donde se sienta cómodo. ¿Por qué limitar mis horas de contacto con el cliente a las mismas horas laborables de todo el resto del mundo? Será que los clientes de los otros abogados no trabjan, y pueden faltar a sus trabajos para reunirse con sus abogados. Los míos trabajan, tienen hijos, y aprovechan sus días libres para hacer mandados, tales como reunirse con su abogado.

5. Sólo delego lo necesario. Conozco íntimamente los detalles de cada caso. Me aprendo los nombres de los familiares envueltos, o de los sucesos específicos. Le presto muchísima atención a lo que sucedió, con quién sucedió y cómo sucedió. Le dedico mucho tiempo a saber esos detallitos precisos de mis casos, tal y como los médicos de cabecera de antes se conocían los nombres de todos los familiares de sus pacientes. Cuando un cliente me llama, no quiero que piense que su caso “es uno más” en mi archivo. Trato de brindarles el trato más personal que puedo, y les brindo la confianza para que me cuenten sobre diversos aspectos de sus vidas que podrían o no afectar su caso. No es mi secretaria quien toma esa información, no es mi personal de apoyo, soy yo. Después de todo, mis clientes llegaron buscando hablar, ser tratados, ser asesorados y recibir información del abogado. ¿Por qué negársela?

Finalmente, quisiera que muchos de mis colegas leyeran estas cinco sugerencias. Mi intención no es que piensen que yo lo sé todo. No quiero que piensen que soy un peligro para sus prácticas, y que estoy bucando “pillarme” todos sus clientes. Son ellos quienes se quejan. Sus plegarias llegan a mis oidos a diario. Algunos llegan entristecidos, otros iracundos, pero todos llegan defraudados de que eligieron, y eligieron mal. Por favor, amigos y amigas de nuestra profesión, cuiden bien a sus clientes. Ellos se lo merecen.

Cambio de teléfono de BoricuaLaw en Nueva York

February 09, 2008 By: Christian M. Frank Fas Category: Announcements, Noticias

startac.jpgOtra vez con un nuevo teléfono. Aprovecho esta oportunidad para informarle a todos nuestros clientes y lectores del estado de New York, que ahora tenemos un nuevo número de teléfono en el área de Nueva York:

646.867.3959

Con éste nuevo número, le facilitamos la comunicación a nuestros clientes de esa área que tienen asuntos legales de familia y herencias en Puerto Rico.

Prácticamente nos dedicamos completamente a clientes estadounidenses o residentes fuera de Puerto Rico, y nos enorgullece servirles a todos nuestros hermanos y hermanas que viven en el extranjero.

Aprovecho esta oportunidad para aclarar que nuestras oficinas están en Puerto Rico, y sólo practicamos acá. La información de contacto que proveemos es para facilitar la comunicación con nuestros clientes y brindarle consultoría legal a residentes estadounidenses y extranjeros.

No estamos licenciados para practicar ni proveer consultoría fuera de Puerto Rico.

Pronto tendremos numeros locales en Connecticut, Philadelphia, Chicago y Texas, para facilitarle a nuestros futuros clientes de esas áreas el comunicarse con nosotros en Puerto Rico.

También quisiera agradecerle a nuestro clientes de Nueva York por su contínuo patrocino. Es un verdadero placer servirles y les extendemos nuestro más cálido abrazo a todos.

Pronto…Seminario de Documentos Digitales

January 30, 2008 By: Christian M. Frank Fas Category: Abogados

400_pdf.jpgComo dije hace algunos días, estoy diseñando el currículo para el curso que estaré ofreciendo para abogados y abogadas sobre cómo trabajar con documentos digitales.

Tomando en consideración que la mayoría de los abogados que están en la práctica actualmente no saben hacer mucho más que editar escritos en un procesador de palabras como Wordperfect o Word, el proyecto UNIRED nos obligará a todos a aprender una nueva destreza.

He dividido el curso de manejo básico de documentos digitales en las siguientes etapas:

  • Creación
  • Edición
  • Almacenaje
  • Transmisión
  • “Backup”
  • Seguridad

y al final añadiré mis predicciones (como Walter Mercado), sobre cómo funcionará el ambicioso proyecto de OAT.

Prometo que el curso será en “arroz y habichuelas”, y que llevaré a todo el mundo “de la mano”. Sí, esto es un campo muy intimidante y veo a muchísimos abogados con pesadillas cibernéticas, pero creanme, es muchísimo más fácil de lo que parece. De hecho, si ya estás redactando escritos en Word, tienes un 80% del proceso listo. El resto es un “quitao”.

Aprecio sugerencias de mis compañeros y compañeras de la práctica. Pueden usar el formulario en la columna izquierda de esta página para enviarme un mensaje, o simplemente déme una llamadita y diga: “¡¡WAO!! ¡Me encanta tu blog! ¿Qué tal si añades tal cosa al curso?” y lo apuntaré en mi libretita.

Los abogados también se equivocan

January 27, 2008 By: Christian M. Frank Fas Category: Abogados

legionair.jpg

¿Quién defiende a un cliente que ha sido demandado por un abogado?

Exáctamente esa pregunta se hizo mi más reciente cliente. Después de desesperadamente consultar con más de una veintena de abogados, terminó en mis manos, suplicándome que cogiera su caso. No pese a mi instruido mejor juicio, y las súplicas de mis compañeros con quienes consulté si debería tomar este caso, lo acepté. Solamente uno, uno de mis más cercanos amigos se dignó a escuchar el cuento completo y luego me contestó: “Yo también lo cogería.”

Al principio, cuando explicaba que este cliente había sido demandado en cobro de dinero por un abogado, ¿Un abogado? Sí, un abogado. Y por honorarios…me paraban antes de que terminara el relato y me sermoneaban sobre las desgracias de llevar un caso en contra de un colega hermano y me suplicaban que me pusiera en sus zapatos.

Precisamente por eso acepté el caso. Me puse en sus zapatos. Me puse en los zapatos de tanto el abogado como del cliente, y fue imaginando el desespero de estar totalmente desamparado antes un sistema adversativo (léase “hostil”), que acepté llevar este caso. Yo llevo más tiempo de vida como “no-abogado”, que como abogado. Quizás por eso mis lealtades están mezcladas.

Entonces, ¿quien custodia a los guardianes?

Nuestra práctica es severamente sancionada en contra de la impericia por el Tribunal Supremo de Puerto Rico. Todos trémulamente leemos con pavor los famosos “In Re” que copiosamente descienden segando la práctica de aquellos que no siguieron la línea recta del sano juicio. Pero, cuando alguien tiene una reclamación judicial en contra de un abogado, ¿quién lo representa? Otro abogado.

Estas preguntas sirven de preámbulo a un artículo que encontré en el Internet, y la llegada de mi cliente que necesitó defenderse de un defensor. Por este cliente, me he visto obligado a cuestionarme mi misma profesión y mi lealtad hacia mis compañeros. Las palabras de mi profesor de Derecho Penal, el Lcdo. Efraín Goglas Carvajal hacen eco en mi mente: “El atributo más importante de un abogado es la valentía. La valentía de defender algo aunque sea contrario a lo que uno mismo cree, y contrario a lo que cree todo el mundo a su alrrededor.” Así es. En contra de todo el mundo a mi alrrededor.

A continuación, el artículo en su forma íntegra, según lo encontré. Al final, cito su procedencia. Este es el principio de un estudio que llevaré durante los próximos meses por consecuencia de mi nuevo caso: La mala práctica de la abogacía.

En estos últimos tiempos he tenido muchísimas consultas con relación a este tema específico, (aparte del relacionado con mala praxis de psicologos, arquitectos, etc., pero mas que nada, de abogados) el cual no está creo yo tan popularizado con el de mala praxis médica entre la gente.

Distintas personas creen que estamos “corporativizados” (como corporación de abogados) y por tanto ningún abogado le reclamaría a otro, o que es difícil de ganar o que este luego nos remandará.

Lo cierto es que lo ideal es que estuvieran asegurados en su Responsabilidad Civil para que frente a un reclamo, responda su seguro, pero en general el abogado no esta consciente del error, y como en el médico, no cree que le pueda pasar o bien, ni se le ocurrió pensar en el seguro.

Un error reconocido y más frente y en un juicio, que sentará antecedente (para la justicia y el abogado) no es recomendable y por esto en general estos casos se arreglan en mediación, (y esto no queda registrado) aunque la vergüenza es grande para el profesional, formando parte de la idea de que no se equivocan, lo cual nos convertiría en algo así como semidioses, y no lo somos.un error no hace a un mal profesional, ni abogado, ni medico, y sería maduro asumir el error.

El abogado es un profesional formado para asesorar y defender al cliente (abogar = defender), y en virtud de esto, quienes no dignifiquen la profesión desde este lugar y colaboren para que tantos y tantos clientes desconfíen de nosotros sin conocernos, serán pasibles de ser reclamados en su error, y por tanto deberán hacerse cargo de los mismos.

¿Cómo? Resarciendo a su cliente por lo que dejó de percibir por su culpa o ganó de menos o perdió, y dado que muchas veces no se puede retrotraer al estado anterior de las cosas (por Ej. retomar a un empleado despedido) esto se logra resarciendo económicamente a ese cliente. ¿Qué monto? El que no se ganó (lo que denominamos pérdida de chance) mas el daño moral según el caso.

La chance es la posibilidad cierta que existe para ese cliente de haber ganado el juicio, eventualmente con un buen actuar del abogado, hubiera ganado el cliente, si ciertamente no tenía posibilidad de ganarlo, entonces esa chance desaparece en parte o toda, y el abogado solo responderá por lo que hubiera ganado, no por todo lo reclamado, y si no tenía posibilidad de ganarlo, entonces no abonará nada, por increíble que parezca, salvo padecimientos ajenos del cliente y a considerar.

Es lógico también en esta orbita de cosas, que parte de las consecuencias que debe enfrentar el profesional sea desistir de los honorarios regulados en ese juicio perdido , se haya terminado o no, se haya ganado o no, el juez regulará honorarios para todos los profesionales intervinientes, y aunque parezca insólito, estos abogados (que, remarquemos, siempre saben cuando actuaron mal) los quieren cobrar.

Antes de cualquier reclamo, habrá que estudiar concienzudamente la prueba y la actuación del profesional, lo que generalmente esta aunado en el expte judicial, para lo cual, seria interesante pedir su reserva, para que no sufra perdidas o extravíos convenientes.

Citados a la mediación, se les pedirá asuman el error y abonen las consecuencias, y en la mayoría de los casos, como dijimos esto ocurre. ¿Qué tipo de errores se cometen ? Que entre tantos expedientes se nos pase citar a un cliente en tiempo y forma o este no venga y se pase el tiempo de presentar el escrito, dejar pasar el tiempo para iniciar un expte (prescripción), no apelar cuando debía hacerse, demandar incorrectamente contra quien no es responsable del hecho, olvidar presentar prueba, que se pase el termino para ofrecerla.etc

Generalmente los tiempos procesales que nos exige el código hay que recordarlos y cumplirlos, y cuando el trabajo es mucho, a veces se nos pasa, pero esto no nos exculpa, ya que en esos casos esos estudios debieran o tomar menos trabajo o redistribuirlo mejor para que no ocurra, mientras que para nosotros es un expediente, para el cliente, es su vida, es “Su expediente”.

Todos los errores son de fácil prueba, porque quedan en el expediente certificados por el juzgado, con firma del profesional, de VS, fecha y hora por el cargo (maquina en mesa de entradas, parecido a cuando uno marca tarjeta al entrar al trabajo) por tanto no hay mucho para discutir, sino que todo estará plasmado allí.

Recordemos también que cuando el abogado se presenta por poder tiene más responsabilidad en sus actos negligentes o diligentes, que quien no lo tiene, aunque ser patrocinante no nos exime de errores

Lo interesante sería asumir que todos nos equivocamos, sino no seríamos humanos, por tanto, asumamos adultamente el error, ya que el cliente no tiene culpa de nuestra negligencia, que por otro lado, vale decir es involuntaria.

Fuente: La Dra. Vanesa di Cataldo es titular del estudio Di Cataldo y Asoc. Abogados especialistas en daños. Site: http://www.estudio-dicataldo.com.ar/

Por ahí viene la radicación electrónica…Abogad@s, ¿están listos?

January 26, 2008 By: Christian M. Frank Fas Category: Abogados

Cada día nos acercamos más a cumplir uno de mis sueños más grandes, el día en que se puedan radicar documentos electrónicos en los Tribunales de Primera Instancia en Puerto Rico. El proyecto de UNIRED promete ser el cambio más drástico a la práctica de la abogacía del siglo XXI para el abogado puertorriqueño.

Es por esto que he decidido diseñar y organizar una serie de seminarios para educar a mis colegas en la sana práctica de la creación, almacenaje, transportación, transmisión y futura radicación de escritos digitales. Me comprometo a compartir con mis compañer@s mis 15 años de experiencia tecnológica y su aplicación a nuestra honrada práctica de la abogacía.

Manténganse atentos a esta página, que pronto daré más detalles sobre cuándo y dónde se ofrecerán estos cursos intensivos a través de toda la Isla.

Divorcio…¿por derecho propio o abogado?

January 25, 2008 By: Christian M. Frank Fas Category: Divorcio

Todo el mundo tiene derecho a representarse por sí mismo ante un tribunal en Puerto Rico en su propio divorcio. Esto se llama Pro-Se, y el la Rama Judicial le dedica un departamento completo a esta práctica. Hay un centenar de formularios, ofrecen toda una gama de orientaciones, y guían a uno paso a paso a través de su caso.

Hay muchísimas razones para llevar un caso por derecho propio. Los abogados somos caros, y una vez contrate a uno, el caso sale de sus manos porque su abogado tiene el control del mismo. Por otro lado, la probabilidad dicta que cuando su cónyuge se entere de que ha contratado a uno, las cosas se van a complicar.

Yo sólo trabajo divorcios difíciles.

Jamás llevo casos de Consentimiento Mutuo. Si una pareja sin hijos, sin bienes, sin deudas y que pueden comunicarse bien me consulta para que lleve su divorcio, les entrego los formularios de la Petición de Consentimiento Mutuo y les explico como hacerlo por su cuenta. Solamente requiere saber seguir instrucciones y leer. Yo no quiero malgastar su dinero, ni ocupar mi tiempo, con un caso que sensatamente podrían llevar solos. Al cabo de algunas semanas, estarán divorciados, y les habrá costado muchísimo menos. Ese dinero que pudieron haberme pagado será mejor invertido en otras cosas.

Por otro lado, los divorcios en la actualidad requieren de un cierto tipo de abogado, los tiempos del “abogado del pueblo” han cambiado hace muchísimo. No todos los abogados son iguales, y no todos pueden (o deben) llevar divorcios. El equivalente sería dejarse hacer un transplante de órganos por un médico generalista.

Hay ciertas circunstancias en las cuales definitivamente necesitará contratar a un abogado:

1. Custodia de Menores - Ésta es posiblmemente la más difícil y dolorosa parte de un divorcio. Aún siendo un padre o madre ejemplar, el Tribunal podría concederle la custodia a su cónyuge. Un abogado definitivamente ayudaría a presentar su caso de la forma más favorable, y así mejor representar su interés de custodia.

2. División de Bienes Gananciales - La complejidad envuelta en determinar cuales bienes son gananciales, y cuales son privativos, y cómo han de dividirse es de por sí razón suficiente para contratar a un abogado. No siempre hay sólo una casa, un carro y una cuenta bancaria. No siempre se puede determinar qué es de quién fácilmente. Ahí sí entra la labor de un buen abogado de divorcios.

3. Negocio Propio - Ser dueño de su propio negocio complica más aún la división de la Sociedad Legal de Gananciales. Para determinar cómo dividirlo, es necesario “congelar” el negocio para estudiarlo, lo cual es dificilísimo sin el insumo de un abogado.

4. Cuantía de Bienes - Mientras más propiedades haya en el matrimonio, mayor la necesidad de velar por el bienestar de todas, y mayor la necesidad de contratar a un abogado.

5. Planes de Retiro - Si usted lleva muchos años trabajando en el mismo empleo, probablemente su segunda inversión más grande e importante después de su casa, es su plan de retiro. Dividir un plan de retiro es una tarea complicada, y su bienestar luego de retirarse depende de ello.

6. Multiples Jurisdicciones - Si hay bienes, menores, o situaciones que afecten el divorcio en más de un estado o país, es mejor contratar a un abogado. Determinar qué hacer y en dónde definitivamente lo requerirá.

7. Su cónyuge ya tiene abogado - Si su pareja ya contrató a un abogado, usted debería conseguirse uno. No deje que alguien que sabe como funciona el sistema lo manipule. El Tribunal no lo va a proteger si comete un error.

8. Problemas de Comunicación - Si simplemente no puede comunicarse con su pareja, un abogado puede hablar por usted y representar sus intereses.

9. Desbalance de poder - Si su pareja es dominante o controlador(a), usted se puede beneficiar de un abogado. El abogado (o abogada), no cederá a las manipulaciones emocionales de su pareja. Frecuentemente, las otras partes son más cordiales cuando hablan con uno, porque saben que no cedemos a sus chantajes emocionales.

10. Alegatos de violencia doméstica o maltrato de menores - Aunque no sean ciertos, la mera alegación podría ponerlo en riesgo, y tener un efecto fulminante en el resultado de su divorcio. Esta es razón para contratar a un abogado inmediatamente.

Agradezco al blog DivorceZone que me ha servido como fuente para este artículo. Pulse encima del nombre para ver el artículo original.

Seventh Annual World Congress of Computer Law in San Juan, Puerto Rico

December 12, 2007 By: Christian M. Frank Fas Category: IP/IT/Telecomm Law

0001.pngFortunately enough, the Seventh Annual World Congress of Computer Law was held in San Juan, Puerto Rico from December 3rd to 7th, 2007.

This joint venture between the Puerto Rico Bar Association, the Alfa-Redi Foundation, the Inter-American University of PR, and the University of Puerto Rico brought together a delightfully informative group of inter-disciplinary professionals in what became a melting pot of innovation for the truly cutting edge of law.

Huge tomes can be written on any one of the many topics covered during this week, so I’ll just provide my overall impression of my favorite conferences I attended there. Feel free to research any of the topics covered, and you’ll be sure to find thousands of references on each, but none of them will provide the actual dynamic of live physical presence and group discussions that sprung up during the Congress.

I’ll begin, where else…but at the beginning.

I was sitting in my favorite chair at home, when I received a message from the PR Bar Association Newsletter which read: “VII Annual World Congress of Computer Law”, and immediately I was hooked. It could’ve been held in Sri Lanka, and I would’ve booked a plane ticket right then and there. It then read “San Juan”, and further below “The first 30 who respond will receive a scholarship.” Faster that you can say “Spam”, I replied with my contact info. Less than a minute had gone by since I’d received it. I began my “Please, please, please, let me be chosen.” chant, and lo and behold, I was chosen!!

With my schedule almost cleared from appointments, and as a true Road Warrior that I am, I packed up my stuff and took off.

I arrived to the first conference held by Dr. Pedro Silva Ruiz on Electronic Contracts and Puerto Rico’s Electronic Signature law. This very interesting take on how our Civil Law tradition melds into the new globalized market of instant contracts through the Internet gave us an insight on how our local law is slowly adapting to a new contractual reality. Supported by an extensive list of references, Dr. Silva covered many topics in a very complete and organized manner.

For example, he discussed the lack of wording and formalities that legally binding e-mails may have. Being that such a communication may create a contractual obligation in Puerto Rico, he alerted those of us that commonly contract through e-mail that the completeness and precision of our language may come into play when contracting through the Internet. Our e-mails may one day come to be reviewed in court, so the more precise and carefully chosen our words are will be a key factor when interpreting the contracting parties.

After a short break, the second conference of the day was held by Dr. Claudia Fonseca from Televisa, where she explored the economic impact of Spam on the Private Sector. The figures and statistics that she covered and discussed were staggering. Something as innocuously looking as an unsolicited e-mail can cost enterprises millions of dollars a year, which in turn are passed onto the consumer. The seemingly harmless messages, when multiplied by the trillions of e-mails that are sent back and forth each day add up into a heavily taxed network traffic that requires more maintenance and increased traffic capacity, which in the long run, is paid by the consumer.

Afterwards, the excellenty eloquent Lcdo. Héctor Luis Acevedo, ex-mayor of San Juan and an expert on the Puerto Rico election process, expressed his reserves on an electronic voting system. Given the low margin of error attained with the PR manual process, and the high costs involved with changing the whole system over to an electronic system, Lcdo. Acevedo expressed serious doubts on whether or not to “upgrade” our election system. We were shown an excerpt of the 2006 documentary, Hacking Democracy, which very diligently put to the test the Diebold Election Systems, and showed that these miserably failed a hacking attempt, questioning the very results of all the past elections that have used these e-voting machines. Perhaps the only advantage that e-voting offers is the speed at which the final results are known, but I came to the conclusion that speed need not sacrifice the integrity of the democratic process. Please, don’t think for a second that I’m a techno-paranoid traditionalist, quite the contrary. But, the election process is probably the LAST place where a questionable result from a questionable process is needed. Besides, the only un-hackable computer is one that is not connected to anywhere, and that would defeat the purpose of an e-voting unit.

A quick lunch later, we sat down for a delightful dissertation given by Dr. Hildamar Fernandez from the Fiscalía de Venezuela on Cybercrime. Being a Criminologist myself, I was drawn to this conference even before it started. I’ve been a network security analyst for almost 15 years, and a staunch supporter of tougher cybercrime laws. Only recently has this legislation been approved in Puerto Rico, and its inclusion in our latest review of the PR Penal Code proved that we have legally arrived to the 21st Century. Dr. Fernández explained in great detail the Venezuelan categorization and penalization of Internet crimial activity, and discussed step by step the criminal sentencing process for each offense. One fact that I found rather curious is that the legal age for transgressors to be tried as adults is 14, which given the profile of the cyber-offensor, it might be a little harsh to sentence a minor to such long prison sentences at an early age. Many might detract from this view, and I am not a proponent of weak sentencing, but I must concede that minors are drawn by the allure of cybercrime. I, for one, became a security analyst by learning how to hack, and then applying that knowledge and experience for legal purposes. Had I not been drawn in by the mystique of breaking the law (there were none or few back then), this blog would most likely not be here.

The best part of this conference was the final slideshow of the different gadgets and inventions that facilitate cybercrime, phishing and ID theft. We saw card swipe readers in all colors and sizes, authentic looking fake ATMs, and even undistinguishable fake credit cards. I can safely say that I’ll stop and think long and hard before paying for gas at the station with a credit card the next time.

Afterwards,  @ the Puerto Rico Bar Association

So, the second day started with the introduction of Puerto Rico’s Electronic Attorney Registry, called UniRed, which is a joint venture of the Judicial Branch’s Court Administration Office (OAT in Spanish), and the Office for Notary Inspection (ODIN in Spanish).

During this conference, given by two representatives of each government dependency, including ODIN’s new Director Lcda. Lourdes I. Quintana Lloréns, the whole preparation process, development and implementation for such a large scale virtualization of attorney profile creation and court document and docket management was explained in full detail. There are three main goals of this program, the first is to enable attorneys to file documents electronically, the second is to handle court docket scheduling and manage documents, and the third is to automate and streamline official notifications.

From my point of view, and being a technological darwinist, this program will unchain me from the physical constraints of physical document filing, and may well reduce will enable me to practice law from wherever I am in the world. There is a great concern that many lawyers who still do not have the necessary computer skill to manage e-filing or electronic docket management. A few year ago, the PR Federal Circuit Court simply decided to start e-filing. You either learned, or practiced something else. The court set a deadline, and offered courses to teach those who didn’t know how to file electronically. I strongly believe that this is the way to go. You either learn, or practice something else. “I’ve been doing this the same way as far as I can remember.” is not an option in our practice.

The UNIRED conference later addressed the future plans of e-notification of notary documents and filing for certifications online through the new government web portal. The Office for Notary Inspection is diligently streamlining the necessary reciprocal communication between its offices and the community of Public Notaries in Puerto Rico. Notaries must file monthly reports and are subject to periodic inspections. An electronic system of document filing and notification will definitely speed these bidirectional communications, and keep a closer tab on such a delicate and important practice.

While in Law School, I was a strong proponent of e-filing and e-document management. Most of my colleagues said that this would never happen in my lifetime. It’s nice to know that it happened early enough in my law practice to see it materialize, and be able to benefit from it. So…here’s a great big “I TOLD YOU SO.” to all of them.

The next conference discussed the theory and practicality of running an e-government. An expert in Oracle Systems spoke of his experiences with multi-level e-government services deployment, and its negative impact over bureaucracy. Along with very organized and detailed slides, he covered all the intricacies associated with digitalizing public services, and as he pointed out, the most important of these tasks: making internal government processes and inter-departamental communication faster and more efficiently, while at the same time reducing the costs associated with document multiplicity and reprocessing. This, just this, was a wake up call to digitize most government agencies. Another very interesting topic he covered dealt with the suspicion by government employees that digitalization and automatization brought with them layoffs by simplifying the bureaucratic process. Quickly and very proficiently, he pointed out that instead of employing personnel to speed up multiple processes, these same government employees can be better dedicated to serving the public, while fewer people are needed to process the intake of processes. Fascinating…less people working, and more people serving the public might one day eliminate lines at government offices. One can only dream that this day will come.

After a lunch break, the Congress resumed with a lecture on Patents and Trademarks. This conference was like “Patents and Trademarks for Dummies”, and the speaker explained everything in simple, common language. It’s great that he did so, because most of the audience, although enthusiastic over new technologies, and speaking for myself, do not handle these matters commonly. As a solo practitioner, I seldom see Intellectual Property matters, or handle submissions to the US Patent Office, as do larger law firms who specialize in these practices.

On a side note, on this day I met Dr. Erick Iriarte Ahon, from Lima, Peru. As a representative from Alfa-Redi Foundation, he organized and moderated most of the conferences. A big “Thank you” to him for providing me with a wealth on information, and sharing his ample knowledge of domains and virtual identity on the web. You can visit his law firm’s webpage at http://www.iriartelaw.com.

Cuentas al divorciarse

November 27, 2007 By: Christian M. Frank Fas Category: Divorcio

piggybank320.jpgRecientemente el periódico El Nuevo Día publicó el siguiente artículo, visto desde el punto de vista de una planificadora fianciera. Estas observaciones que hace la autora sobre las repercusiones legales de un divorcio sobre las cuentas bancarias compartidas son un ejercicio temático divertido, ya que la práctica de la abogacía está enraizada en la vida misma.

Lo que sí me preocupa es que muchas veces, con el fin de informar, algunos periodistas ofrecen consejos legales que podrían ser perjudiciales para quien los lee. Entiendo que quizás las intenciones no sean malas, pero cada vez que leo una noticia como esta, la tomo con un granito de sal, y en mi insaciable encomienda busco la aplicación legal de todo lo que leo.

He aquí el texto íntegro de la noticia, en la cual intercalaré mis comentarios sobre la misma. Añadiría el enlace del cual la saqué, pero el Nuevo Día cambia sus enlaces cada dos días, y esta noticia ya no está disponible.

Cuentas al divorciarse

Ojo con las deudas compartidas por que éstas no cambian automáticamente si se rompetu matrimonio.

Por Etel Rey / Especial El Nuevo Día

Entrar en un proceso de divorcio no es nada fácil. Y soltar el volante sin mantener el control de este fenómeno lo puede hacer más difícil. Si estás considerando la separación o estás en ella, no te olvides de cómo quedan tus cuentas vigentes y tu informe de crédito una vez finalizado el proceso.

Muy cierto, la división económica que conlleva un divorcio ofrece un cambio drástico a la composición financiera del matrimonio. Es por eso que siempre resalto la importancia de contratar a un profesional dedicado a este tipo de caso, que sepa como dividir los bienes gananciales sin interrumpir el estado actual de las finanzas matrimoniales.

Muchas personas creen que una vez dado el fallo del divorcio las cuentas compartidas cambian automáticamente. El dictamen del divorcio no afecta el contrato que firmaste con el prestamista durante tu matrimonio si las cuentas son de forma conjunta.

Frecuentemente se mezclan ambos términos, y se piensa que el divorcio y la división de bienes están relacionados. Pocos conocen que son acciones judiciales distintas, que sólo en ocasiones se combinan. El divorcio solamente divide el lazo matrimonial. Las disposiciones de bienes y deudas permanecen aún después del divorcio.

No asumas que todas las cuentas que se abrieron en conjunto se cerrarán automáticamente por haberte divorciado y que ya te liberas de la responsabilidad.

No entiendo si la autora se refería a las cuentas bancarias o las deudas. El divorcio puede disponer el cómo se han de dividir ambas, y aunque estas disposiciones no sean vinculantes para el acreedor de la pareja (a quienes se les debe dinero), son vinculantes entre los cónyuges divorciantes. Por ejemplo, Banco X puede prestarle dinero a ambos cónyuges. Luego de divorciarse, ambos cónyuges siguen debiéndole dinero al Banco, pero si se dispone que Cónyuge A asumirá TODAS las deudas, entonces Cónyuge B puede obligar a Cónyuge A a pagar todo y liberarlo frente a Banco X.

Claro que uno de ambos, tú o tu ex, puede decidir tomar completa responsabilidad de las deudas. Pero es solamente el prestamista el que puede cambiar el contrato.

Precisamente, el acuerdo de divorcio, o las diposiciones del Tribunal podrían alterar la relación económica entre los prestamistas y ambos cónyuges.

Según la Federal Trade Commission(FTC), por ley el prestamista no puedecerrar una cuenta por un cambio de estado marital. No puede cambiar una cuenta conjunta a una cuenta individual porque ya estás divorciada.

Aunque si bien es cierto que el FTC rige en Puerto Rico, la ley aplicable en estos casos no es precisamente esa, sino el vínculo contractual entre el banco o entidad que posee la cuenta, y los cónyuges. Nuestro código civil, junto a las leyes aplicables estatales y federales rigen las determinaciones entre las partes al momento de abrir y cerrar cuentas. No porque el FTC lo dijo, ha de ser cierto única y exclusivamente.

Pero, sí puede hacerlo sicualesquiera de los dos lo pide. Lo que va a requerir es que resolicites el crédito en forma individual. Basado en tu historial es que ellos determinarán si te dan el préstamo o no.

Esto sólo aplica luego de instada la demanda de divorcio. Hasta tanto, cualquier deuda asumida por cualquiera de los cónyuges, a menos que éste intente defraudar al otro, se considera ganancial.

Por ejemplo, si ambos tienen una hipoteca y quieres que el préstamo esté a tu nombre, es muy posible que el prestamista requiera que refinancies o solicites un nuevo préstamo para poder quitar el nombre de tu esposo. Lo mismo pasa en el informe de crédito. Si existen cuentas a nombre de ambos, así aparecerán en el informe.

De nuevo, hago hincapié en la importancia de planificar una división de bienes gananciales con calma y precisión. Una vida económica juntos no ha de tomarse a la ligera, y requiere muchísimo cuidado al dividirse. Sería el equivalente de pasar toda una vida construyendo un castillo para que se derrumbe por remodelarlo por dentro. Con cuidado, planificación y organizadamente se puede remodelar completamente una vida juntos para vivir bien una vida separados.

No dejes de darle importancia a los préstamos y las cuentas conjuntas. Atácalo desde el comienzo. Si no lo haces, podrían llegar a ser un dolor de cabeza en el futuro.

La autora es colaboradora de xavierserbia.com