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Archive for the ‘Español’

Los abogados también se equivocan

January 27, 2008 By: Christian M. Frank Fas Category: Abogados No Comments →

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¿Quién defiende a un cliente que ha sido demandado por un abogado?

Exáctamente esa pregunta se hizo mi más reciente cliente. Después de desesperadamente consultar con más de una veintena de abogados, terminó en mis manos, suplicándome que cogiera su caso. No pese a mi instruido mejor juicio, y las súplicas de mis compañeros con quienes consulté si debería tomar este caso, lo acepté. Solamente uno, uno de mis más cercanos amigos se dignó a escuchar el cuento completo y luego me contestó: “Yo también lo cogería.”

Al principio, cuando explicaba que este cliente había sido demandado en cobro de dinero por un abogado, ¿Un abogado? Sí, un abogado. Y por honorarios…me paraban antes de que terminara el relato y me sermoneaban sobre las desgracias de llevar un caso en contra de un colega hermano y me suplicaban que me pusiera en sus zapatos.

Precisamente por eso acepté el caso. Me puse en sus zapatos. Me puse en los zapatos de tanto el abogado como del cliente, y fue imaginando el desespero de estar totalmente desamparado antes un sistema adversativo (léase “hostil”), que acepté llevar este caso. Yo llevo más tiempo de vida como “no-abogado”, que como abogado. Quizás por eso mis lealtades están mezcladas.

Entonces, ¿quien custodia a los guardianes?

Nuestra práctica es severamente sancionada en contra de la impericia por el Tribunal Supremo de Puerto Rico. Todos trémulamente leemos con pavor los famosos “In Re” que copiosamente descienden segando la práctica de aquellos que no siguieron la línea recta del sano juicio. Pero, cuando alguien tiene una reclamación judicial en contra de un abogado, ¿quién lo representa? Otro abogado.

Estas preguntas sirven de preámbulo a un artículo que encontré en el Internet, y la llegada de mi cliente que necesitó defenderse de un defensor. Por este cliente, me he visto obligado a cuestionarme mi misma profesión y mi lealtad hacia mis compañeros. Las palabras de mi profesor de Derecho Penal, el Lcdo. Efraín Goglas Carvajal hacen eco en mi mente: “El atributo más importante de un abogado es la valentía. La valentía de defender algo aunque sea contrario a lo que uno mismo cree, y contrario a lo que cree todo el mundo a su alrrededor.” Así es. En contra de todo el mundo a mi alrrededor.

A continuación, el artículo en su forma íntegra, según lo encontré. Al final, cito su procedencia. Este es el principio de un estudio que llevaré durante los próximos meses por consecuencia de mi nuevo caso: La mala práctica de la abogacía.

En estos últimos tiempos he tenido muchísimas consultas con relación a este tema específico, (aparte del relacionado con mala praxis de psicologos, arquitectos, etc., pero mas que nada, de abogados) el cual no está creo yo tan popularizado con el de mala praxis médica entre la gente.

Distintas personas creen que estamos “corporativizados” (como corporación de abogados) y por tanto ningún abogado le reclamaría a otro, o que es difícil de ganar o que este luego nos remandará.

Lo cierto es que lo ideal es que estuvieran asegurados en su Responsabilidad Civil para que frente a un reclamo, responda su seguro, pero en general el abogado no esta consciente del error, y como en el médico, no cree que le pueda pasar o bien, ni se le ocurrió pensar en el seguro.

Un error reconocido y más frente y en un juicio, que sentará antecedente (para la justicia y el abogado) no es recomendable y por esto en general estos casos se arreglan en mediación, (y esto no queda registrado) aunque la vergüenza es grande para el profesional, formando parte de la idea de que no se equivocan, lo cual nos convertiría en algo así como semidioses, y no lo somos.un error no hace a un mal profesional, ni abogado, ni medico, y sería maduro asumir el error.

El abogado es un profesional formado para asesorar y defender al cliente (abogar = defender), y en virtud de esto, quienes no dignifiquen la profesión desde este lugar y colaboren para que tantos y tantos clientes desconfíen de nosotros sin conocernos, serán pasibles de ser reclamados en su error, y por tanto deberán hacerse cargo de los mismos.

¿Cómo? Resarciendo a su cliente por lo que dejó de percibir por su culpa o ganó de menos o perdió, y dado que muchas veces no se puede retrotraer al estado anterior de las cosas (por Ej. retomar a un empleado despedido) esto se logra resarciendo económicamente a ese cliente. ¿Qué monto? El que no se ganó (lo que denominamos pérdida de chance) mas el daño moral según el caso.

La chance es la posibilidad cierta que existe para ese cliente de haber ganado el juicio, eventualmente con un buen actuar del abogado, hubiera ganado el cliente, si ciertamente no tenía posibilidad de ganarlo, entonces esa chance desaparece en parte o toda, y el abogado solo responderá por lo que hubiera ganado, no por todo lo reclamado, y si no tenía posibilidad de ganarlo, entonces no abonará nada, por increíble que parezca, salvo padecimientos ajenos del cliente y a considerar.

Es lógico también en esta orbita de cosas, que parte de las consecuencias que debe enfrentar el profesional sea desistir de los honorarios regulados en ese juicio perdido , se haya terminado o no, se haya ganado o no, el juez regulará honorarios para todos los profesionales intervinientes, y aunque parezca insólito, estos abogados (que, remarquemos, siempre saben cuando actuaron mal) los quieren cobrar.

Antes de cualquier reclamo, habrá que estudiar concienzudamente la prueba y la actuación del profesional, lo que generalmente esta aunado en el expte judicial, para lo cual, seria interesante pedir su reserva, para que no sufra perdidas o extravíos convenientes.

Citados a la mediación, se les pedirá asuman el error y abonen las consecuencias, y en la mayoría de los casos, como dijimos esto ocurre. ¿Qué tipo de errores se cometen ? Que entre tantos expedientes se nos pase citar a un cliente en tiempo y forma o este no venga y se pase el tiempo de presentar el escrito, dejar pasar el tiempo para iniciar un expte (prescripción), no apelar cuando debía hacerse, demandar incorrectamente contra quien no es responsable del hecho, olvidar presentar prueba, que se pase el termino para ofrecerla.etc

Generalmente los tiempos procesales que nos exige el código hay que recordarlos y cumplirlos, y cuando el trabajo es mucho, a veces se nos pasa, pero esto no nos exculpa, ya que en esos casos esos estudios debieran o tomar menos trabajo o redistribuirlo mejor para que no ocurra, mientras que para nosotros es un expediente, para el cliente, es su vida, es “Su expediente”.

Todos los errores son de fácil prueba, porque quedan en el expediente certificados por el juzgado, con firma del profesional, de VS, fecha y hora por el cargo (maquina en mesa de entradas, parecido a cuando uno marca tarjeta al entrar al trabajo) por tanto no hay mucho para discutir, sino que todo estará plasmado allí.

Recordemos también que cuando el abogado se presenta por poder tiene más responsabilidad en sus actos negligentes o diligentes, que quien no lo tiene, aunque ser patrocinante no nos exime de errores

Lo interesante sería asumir que todos nos equivocamos, sino no seríamos humanos, por tanto, asumamos adultamente el error, ya que el cliente no tiene culpa de nuestra negligencia, que por otro lado, vale decir es involuntaria.

Fuente: La Dra. Vanesa di Cataldo es titular del estudio Di Cataldo y Asoc. Abogados especialistas en daños. Site: http://www.estudio-dicataldo.com.ar/

Por ahí viene la radicación electrónica…Abogad@s, ¿están listos?

January 26, 2008 By: Christian M. Frank Fas Category: Abogados 1 Comment →

Cada día nos acercamos más a cumplir uno de mis sueños más grandes, el día en que se puedan radicar documentos electrónicos en los Tribunales de Primera Instancia en Puerto Rico. El proyecto de UNIRED promete ser el cambio más drástico a la práctica de la abogacía del siglo XXI para el abogado puertorriqueño.

Es por esto que he decidido diseñar y organizar una serie de seminarios para educar a mis colegas en la sana práctica de la creación, almacenaje, transportación, transmisión y futura radicación de escritos digitales. Me comprometo a compartir con mis compañer@s mis 15 años de experiencia tecnológica y su aplicación a nuestra honrada práctica de la abogacía.

Manténganse atentos a esta página, que pronto daré más detalles sobre cuándo y dónde se ofrecerán estos cursos intensivos a través de toda la Isla.

Divorcio…¿por derecho propio o abogado?

January 25, 2008 By: Christian M. Frank Fas Category: Divorcio No Comments →

Todo el mundo tiene derecho a representarse por sí mismo ante un tribunal en Puerto Rico en su propio divorcio. Esto se llama Pro-Se, y el la Rama Judicial le dedica un departamento completo a esta práctica. Hay un centenar de formularios, ofrecen toda una gama de orientaciones, y guían a uno paso a paso a través de su caso.

Hay muchísimas razones para llevar un caso por derecho propio. Los abogados somos caros, y una vez contrate a uno, el caso sale de sus manos porque su abogado tiene el control del mismo. Por otro lado, la probabilidad dicta que cuando su cónyuge se entere de que ha contratado a uno, las cosas se van a complicar.

Yo sólo trabajo divorcios difíciles.

Jamás llevo casos de Consentimiento Mutuo. Si una pareja sin hijos, sin bienes, sin deudas y que pueden comunicarse bien me consulta para que lleve su divorcio, les entrego los formularios de la Petición de Consentimiento Mutuo y les explico como hacerlo por su cuenta. Solamente requiere saber seguir instrucciones y leer. Yo no quiero malgastar su dinero, ni ocupar mi tiempo, con un caso que sensatamente podrían llevar solos. Al cabo de algunas semanas, estarán divorciados, y les habrá costado muchísimo menos. Ese dinero que pudieron haberme pagado será mejor invertido en otras cosas.

Por otro lado, los divorcios en la actualidad requieren de un cierto tipo de abogado, los tiempos del “abogado del pueblo” han cambiado hace muchísimo. No todos los abogados son iguales, y no todos pueden (o deben) llevar divorcios. El equivalente sería dejarse hacer un transplante de órganos por un médico generalista.

Hay ciertas circunstancias en las cuales definitivamente necesitará contratar a un abogado:

1. Custodia de Menores - Ésta es posiblmemente la más difícil y dolorosa parte de un divorcio. Aún siendo un padre o madre ejemplar, el Tribunal podría concederle la custodia a su cónyuge. Un abogado definitivamente ayudaría a presentar su caso de la forma más favorable, y así mejor representar su interés de custodia.

2. División de Bienes Gananciales - La complejidad envuelta en determinar cuales bienes son gananciales, y cuales son privativos, y cómo han de dividirse es de por sí razón suficiente para contratar a un abogado. No siempre hay sólo una casa, un carro y una cuenta bancaria. No siempre se puede determinar qué es de quién fácilmente. Ahí sí entra la labor de un buen abogado de divorcios.

3. Negocio Propio - Ser dueño de su propio negocio complica más aún la división de la Sociedad Legal de Gananciales. Para determinar cómo dividirlo, es necesario “congelar” el negocio para estudiarlo, lo cual es dificilísimo sin el insumo de un abogado.

4. Cuantía de Bienes - Mientras más propiedades haya en el matrimonio, mayor la necesidad de velar por el bienestar de todas, y mayor la necesidad de contratar a un abogado.

5. Planes de Retiro - Si usted lleva muchos años trabajando en el mismo empleo, probablemente su segunda inversión más grande e importante después de su casa, es su plan de retiro. Dividir un plan de retiro es una tarea complicada, y su bienestar luego de retirarse depende de ello.

6. Multiples Jurisdicciones - Si hay bienes, menores, o situaciones que afecten el divorcio en más de un estado o país, es mejor contratar a un abogado. Determinar qué hacer y en dónde definitivamente lo requerirá.

7. Su cónyuge ya tiene abogado - Si su pareja ya contrató a un abogado, usted debería conseguirse uno. No deje que alguien que sabe como funciona el sistema lo manipule. El Tribunal no lo va a proteger si comete un error.

8. Problemas de Comunicación - Si simplemente no puede comunicarse con su pareja, un abogado puede hablar por usted y representar sus intereses.

9. Desbalance de poder - Si su pareja es dominante o controlador(a), usted se puede beneficiar de un abogado. El abogado (o abogada), no cederá a las manipulaciones emocionales de su pareja. Frecuentemente, las otras partes son más cordiales cuando hablan con uno, porque saben que no cedemos a sus chantajes emocionales.

10. Alegatos de violencia doméstica o maltrato de menores - Aunque no sean ciertos, la mera alegación podría ponerlo en riesgo, y tener un efecto fulminante en el resultado de su divorcio. Esta es razón para contratar a un abogado inmediatamente.

Agradezco al blog DivorceZone que me ha servido como fuente para este artículo. Pulse encima del nombre para ver el artículo original.

Cuentas al divorciarse

November 27, 2007 By: Christian M. Frank Fas Category: Divorcio No Comments →

piggybank320.jpgRecientemente el periódico El Nuevo Día publicó el siguiente artículo, visto desde el punto de vista de una planificadora fianciera. Estas observaciones que hace la autora sobre las repercusiones legales de un divorcio sobre las cuentas bancarias compartidas son un ejercicio temático divertido, ya que la práctica de la abogacía está enraizada en la vida misma.

Lo que sí me preocupa es que muchas veces, con el fin de informar, algunos periodistas ofrecen consejos legales que podrían ser perjudiciales para quien los lee. Entiendo que quizás las intenciones no sean malas, pero cada vez que leo una noticia como esta, la tomo con un granito de sal, y en mi insaciable encomienda busco la aplicación legal de todo lo que leo.

He aquí el texto íntegro de la noticia, en la cual intercalaré mis comentarios sobre la misma. Añadiría el enlace del cual la saqué, pero el Nuevo Día cambia sus enlaces cada dos días, y esta noticia ya no está disponible.

Cuentas al divorciarse

Ojo con las deudas compartidas por que éstas no cambian automáticamente si se rompetu matrimonio.

Por Etel Rey / Especial El Nuevo Día

Entrar en un proceso de divorcio no es nada fácil. Y soltar el volante sin mantener el control de este fenómeno lo puede hacer más difícil. Si estás considerando la separación o estás en ella, no te olvides de cómo quedan tus cuentas vigentes y tu informe de crédito una vez finalizado el proceso.

Muy cierto, la división económica que conlleva un divorcio ofrece un cambio drástico a la composición financiera del matrimonio. Es por eso que siempre resalto la importancia de contratar a un profesional dedicado a este tipo de caso, que sepa como dividir los bienes gananciales sin interrumpir el estado actual de las finanzas matrimoniales.

Muchas personas creen que una vez dado el fallo del divorcio las cuentas compartidas cambian automáticamente. El dictamen del divorcio no afecta el contrato que firmaste con el prestamista durante tu matrimonio si las cuentas son de forma conjunta.

Frecuentemente se mezclan ambos términos, y se piensa que el divorcio y la división de bienes están relacionados. Pocos conocen que son acciones judiciales distintas, que sólo en ocasiones se combinan. El divorcio solamente divide el lazo matrimonial. Las disposiciones de bienes y deudas permanecen aún después del divorcio.

No asumas que todas las cuentas que se abrieron en conjunto se cerrarán automáticamente por haberte divorciado y que ya te liberas de la responsabilidad.

No entiendo si la autora se refería a las cuentas bancarias o las deudas. El divorcio puede disponer el cómo se han de dividir ambas, y aunque estas disposiciones no sean vinculantes para el acreedor de la pareja (a quienes se les debe dinero), son vinculantes entre los cónyuges divorciantes. Por ejemplo, Banco X puede prestarle dinero a ambos cónyuges. Luego de divorciarse, ambos cónyuges siguen debiéndole dinero al Banco, pero si se dispone que Cónyuge A asumirá TODAS las deudas, entonces Cónyuge B puede obligar a Cónyuge A a pagar todo y liberarlo frente a Banco X.

Claro que uno de ambos, tú o tu ex, puede decidir tomar completa responsabilidad de las deudas. Pero es solamente el prestamista el que puede cambiar el contrato.

Precisamente, el acuerdo de divorcio, o las diposiciones del Tribunal podrían alterar la relación económica entre los prestamistas y ambos cónyuges.

Según la Federal Trade Commission(FTC), por ley el prestamista no puedecerrar una cuenta por un cambio de estado marital. No puede cambiar una cuenta conjunta a una cuenta individual porque ya estás divorciada.

Aunque si bien es cierto que el FTC rige en Puerto Rico, la ley aplicable en estos casos no es precisamente esa, sino el vínculo contractual entre el banco o entidad que posee la cuenta, y los cónyuges. Nuestro código civil, junto a las leyes aplicables estatales y federales rigen las determinaciones entre las partes al momento de abrir y cerrar cuentas. No porque el FTC lo dijo, ha de ser cierto única y exclusivamente.

Pero, sí puede hacerlo sicualesquiera de los dos lo pide. Lo que va a requerir es que resolicites el crédito en forma individual. Basado en tu historial es que ellos determinarán si te dan el préstamo o no.

Esto sólo aplica luego de instada la demanda de divorcio. Hasta tanto, cualquier deuda asumida por cualquiera de los cónyuges, a menos que éste intente defraudar al otro, se considera ganancial.

Por ejemplo, si ambos tienen una hipoteca y quieres que el préstamo esté a tu nombre, es muy posible que el prestamista requiera que refinancies o solicites un nuevo préstamo para poder quitar el nombre de tu esposo. Lo mismo pasa en el informe de crédito. Si existen cuentas a nombre de ambos, así aparecerán en el informe.

De nuevo, hago hincapié en la importancia de planificar una división de bienes gananciales con calma y precisión. Una vida económica juntos no ha de tomarse a la ligera, y requiere muchísimo cuidado al dividirse. Sería el equivalente de pasar toda una vida construyendo un castillo para que se derrumbe por remodelarlo por dentro. Con cuidado, planificación y organizadamente se puede remodelar completamente una vida juntos para vivir bien una vida separados.

No dejes de darle importancia a los préstamos y las cuentas conjuntas. Atácalo desde el comienzo. Si no lo haces, podrían llegar a ser un dolor de cabeza en el futuro.

La autora es colaboradora de xavierserbia.com

¿Qué pasa si me ausento al tribunal para mi vista de pensión alimentaria?

November 18, 2007 By: Christian M. Frank Fas Category: Pension No Comments →

_faint.jpgUn buen día, usted va al buzón, y encuentra una carta de ASUME o del Tribunal, junto a una hoja con espacios para llenar. Usted lee que tiene que ver con la pensión allimentaria de sus hijos de su primer matrimonio. Es un formulario, una PIPE. También hay un papel citándolo a una fecha. Habrá una vista en un mes. Termina de leerla por encima, hace un gesto de desdén, y la bota a la basura. Meses más tarde, llega otra carta, esta vez una notificación.

Dice que le aumentaron la pensión para sus hijos de $300 mensuales a $1,200 mensuales y que ahora debe 4 meses de atraso.

¿Pero cómo va a ser? ¡Imposible! ¡Con $1,200 vive uno como un rey! ¡Yo no puedo pagar eso! ¿Y ahora qué hago? Corre al teléfono, y llama al abogado. Él le dice que es tarde para alegar, pero que quizás tenga algún fundamento, y que hará lo posible por ayudarlo.

Pasan algunos meses, y empiezan a debitarle $1,200 mensuales de su cheque de nómina. Ahora apenas le da para pagar sus deudas. ¡Y lo peor del caso es que su abogado le dijo que sí podían hacer esto!

Este mini-drama se repite día tras día como un sueño recurrente para mí.

Las pensiones alimentarias se pueden fijar sin ningún tipo de comparecencia, ni infomación económica del padre no-custodio. Por otro lado, sí debe cumplirse el requisito de notificación para que el proceso se cumpla correctamente. Esa primera carta, junto con la PIPE, fue la primera notificación. La segunda carta, también fue otra notificación. En ambas, se requería que compareciera para exponer su situación personal y económica antes de determinar la pensión para sus hijos. Usted hacía mucha falta allí.

Es de máxima importancia ir a las vistas y consultar con un abogado antes de que termine el proceso de petición o revisión de pensiones alimentarias. Hay opciones para garantizar que el proceso sea justo y se lleve a cabo correctamente, pero todo dependerá de un factor: el tiempo.

Para reclamar un derecho, hay que hacerlo oportunamente. Mientras más tiempo se tiene para investigar, indagar y consultar, mejor tiende a ser el resultado de todo proceso judicial.

En fin, ¿qué pasa si se ausenta al tribunal para su vista de pensión? Pues, espere una ingrata sorpresa en algunos meses. De seguro que deseará haber hecho algo cuando primero le llegó esa carta junto al formulario por correo.

Noticia: Trasladan trabajos del tribunal de Peñuelas

November 14, 2007 By: Christian M. Frank Fas Category: Noticias No Comments →

La Oficina de Administración de los Tribunales anunció hoy mediante un artículo en el periódico El Nuevo Día que trasladarían temporeramente las operaciones de la Sala Municipal de Peñuelas al Tribunal de Guayanilla para remodelarla.

¿Estarán instalando un sistema de redes inalámbrico? ¡Yo espero!

Pulse aquí para ver el texto íntegro de la noticia del periódico.

Por The Associated Press

SAN JUAN — Los trabajos de la Sala Municipal del Tribunal de Primera Instancia del municipio de Peñuelas serán trasladados temporalmente a la Sala Municipal de Guayanilla a partir del viernes.

Ello, debido a que el tribunal de Peñuelas será remodelado, informó hoy la directora de la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT), Sonia Ivette Vélez Colón.

“Como parte de nuestros esfuerzos continuos de garantizar a los ciudadanos y ciudadanas de Puerto Rico un acceso fácil y rápido a la justicia, así como de ofrecer a nuestro personal las mejores condiciones de trabajo, iniciaremos la remodelación de la Sala Municipal de Peñuelas”, señaló en un comunicado.

“Debido a ello, se ha dispuesto que todos los casos y expedientes que allí se atienden se trasladen a partir del 16 de noviembre al Tribunal de Guayanilla. A partir de esa fecha, y hasta nuevo aviso, también se radicarán en Guayanilla los casos nuevos de Peñuelas”, añadió.

Vélez Colón aclaró que los casos citados para mañana, 15 de noviembre, se atenderán en el Tribunal de Peñuelas.

Tanto Peñuelas como Guayanilla pertenecen a la Región Judicial de Ponce.

Pasos para Divorciarse en PR: Paso #13 - Pórtese bien

November 05, 2007 By: Christian M. Frank Fas Category: Divorcio, Divorcio - Preparación, Español 2 Comments →

Hemos llegado finalmente al último artículo en esta serie sobre los Pasos para Divorciarse en Puerto Rico. Este consejo parecerá zángano, o ingenuo, pero es posiblemente el más importante de todos.

Pórtese bien.

A usted, el Sistema Judicial de Puerto Rico está a punto de ponerlo bajo el microscopio. Todos los aspectos íntimos de su vida serán evaluados, comentados, documentados, cuestionados y objetados por la otra parte, por sua aboado, por el Departamento de la Familia y por el juez.

Si ha llegado hasta aquí, leyendo todos los pasos de como divorciarse en este blog, significa que está a punto o en proceso de divorciarse, y su intención es hacer de este proceso incómodo, lo menos traumático posible. Su pareja, por las razones que sean, quizás no comparte su deseo de divorciarse dignamente, y su decisión podría estar influenciada por su abogado, sus amigos, o su familia.

Existe una gran posibilidad de que divorcio, no pese a la intención de su abogado de negociar, transigir y evitar que llegue a juicio, llegue a celebrarse una o más vistas en su fondo sobre cada uno de los aspectos de su vida familiar. Lo peor que puede hacer es confirmar la opinión de su pronto a ser ex-pareja de que usted es malo. No le provea prueba a la parte contraria que le podría estallar en el juicio.

Eso significa que no puede salir con una nueva pareja, andareguear de fiesta en fiesta, o regresar ebrio a su casa a las 5AM. Si usted interesa la custodia de sus hijos, esa debería ser su primera prioridad. Hasta las actividades más inofensivas podrían tergiversarse por el abogado de su pareja para hacer parecer que usted es un degenerado.

Suponga que sale a cenar con algunos compañeros de trabajo a celebrar el cumpleaños de uno de ellos. Esto es completamente legal e inofensivo, ¿no?

En un caso reñido de custodia, imagine las siguientes preguntas:

  • Mientras usted salio a cenar con sus amigos del trabajo, su esposa se quedó cuidando a sus hijos, ¿verdad?
  • ¿Usted tiene alguna relación amorosa con Fulano(a), que también estaba presente en dicha cena?
  • ¿Cuántos tragos bebió esa noche?
  • ¿Usted regresó a su casa luego de consumir bebidas embriagantes?
  • ¿Usted prefirió pasar la noche con sus amigos en vez de compartir ese tiempo libre con sus hijos?

Antes de instar su divorcio, salir con algunos amigos y amigas a cenar era inofensivo. Ahora podría interpretarse que usted es un borrachón, mal padre o madre, que prefiere salir con sus amigotes borrachones hasta tarde en la noche, y regresar ebrio, conduciendo ebrio, a su casa. ¡Y Dios sabe que hizo allí que estaba su compañero(a) de trabajo Fulano(a)!

Es un simple ejemplo, pero ¿entiende mi punto? No se posicione en una situación que un juez conservador podría malinterpretar un evento inofensivo como ir a cenar en una noche de fiesta. Después de todo, es el juez quien decidirá si fue inofensivo o no.

Dedíquele tiempo a sus hijos, trabaje, quédese tranquilo en su casa, medite, haga ejercicios y atienda su vida espiritual. Reconstruya su propio bienestar físico y emocional para continuar con su vida de la forma más sana y sensata. En fin, pórtese bien. Pensándolo bien, este último paso le aplica aunque no se esté divorciando…

Pasos para Divorciarse en PR: Paso #12 - Considere un Investigador Privado

November 04, 2007 By: Christian M. Frank Fas Category: Divorcio, Divorcio - Preparación, Español No Comments →

El próximo paso en la serie de artículos sobre qué hacer antes de divorciarse en Puerto Rico es:

Considere contratar a un Investigador Privado

Si usted sospecha que su pareja le es infiel, la evidencia recopilada por un investigador privado podría serle de muchísima utilidad. El adulterio, o sostener relaciones sexuales con una persona casada, implica tanto al cónyuge infiel como a la persona con quien las sostiene. Un profesional dedicado a este tipo de trabajo podría ser el nexo perfecto entre su abogado y la prueba que éste necesita para probar esta causal de divorcio.

Un investigador privado puede servirle de muchas otras maneras.

Podría ser muy útil para determinar si su pareja está apta para solictar la custodia de sus hijos, si está actuando como dice estar haciéndolo, si existe una nueva pareja y si la nueva pareja es un riesgo potencial para sus hijos.

Aún habiéndose separado físicamente, los cónyuges continúan casados, así que sostener relaciones sexuales con cualquier persona antes de que un tribunal dicte el divorcio es considerado adulterio, independientemente de si la otra pareja no vive allí desde hace meses. Obtener este tipo de prueba vergonzosa es más útil aún para lograr una negociación entre ambos cónyuges, evitándose así el tener que ventilar evidencia que podría arruinar la reputación social y económica de su pareja.

No es un asunto liviano el enterarse que su pareja le es infiel, y muchas veces los clientes prefieren jamás enterarse.

De todas maneras, piense bien si prefiere saberlo o no. Háblelo con su abogado. Si van a recopilar prueba, ahora es el momento de hacerlo. Su abogado de seguro ha manejado este tipo de situación anteriormente, así que podrá sugerirle cuando la vigilancia le sería más efectiva, si decide contratar a un investigador privado.

Pasos para Divorciarse en PR: Paso #11 - Lleve un diario

November 03, 2007 By: Christian M. Frank Fas Category: Divorcio, Divorcio - Preparación, Español No Comments →

Es de suma importancia el documentar todos los eventos importantes que ocurran antes de que su divorcio sea final. De seguro su abogado querrá que usted le cuente la cronología de los eventos que sucedieron antes de contratarlo, así que lo mejor es mantener un buen récord de lo que suceda mientras se ve su divorcio en corte. No es necesario mantener una crónica minuciosa de todos los datos diarios, ni de sus más íntimos sentimientos en cuanto a su divorcio (aunque si quiere documentarlos porque se siente mejor haciéndolo, adelante). Simplemente, anote la fecha y una nota de lo que sucedió. Así irá refrescando su memoria en caso de que su trámite de divorcio se postergue. La probabilidad dicta que su memoria le fallará cuando más la necesite.

Este diario le servirá para mantener informado a su abogado, sin tener que explicarle con lujo de detalles que hizo desde la última vez que habló con él.

Como todo, es posible que su abogado le recomiende que no mantenga un diario, porque podría implicarlo si la otra parte obtuviese copia del mismo. Un diario con la información equivocada en manos ajenas podría ser desastrozo para un posible pleito de custodia, o una investigación por parte del Departamento de la Familia. Es posible que su abogado le sugiera que debería tomar medidas para protegerse de que el diario se descubra como evidencia por la otra parte. Imaginar todas las opciones posibles va más allá de lo que se puede discutir en unas breves palabras, pero si su divorcio toma más de lo esperado, considere ir anotando esos detallitos que quizás sean útiles en el futuro cuando se celebre la vista en su fondo o juicio.

Pasos para Divorciarse en PR: Paso #10 - ¡Quédese quieto! (hasta nuevo aviso)

November 02, 2007 By: Christian M. Frank Fas Category: Divorcio, Divorcio - Preparación, Español No Comments →

Camping_Tent.jpgUna de las preguntas más frecuentes al enfrentar un divorcio es: ¿Me debería mudar de mi casa? Generalmente, le contesto a mis clientes algo que no quieren escuchar: “Mejor quédese en su casas en lo que se ve el divorcio.” Salvo en situaciones en donde la seguridad física de uno de los cónyuges peligra, es mejor idea quedarse en su propia casa. Si ambas personas, aunque tensamente, pueden cohabitar en la misma casa es mejor idea que salir corriendo.

Sí, la sitaución es tensa y estresante.

Probablemente, su situación empeore antes de mejorar, pero hay varias razones para quedarse, tales como:

1. Podría afectar la determinación de custodia. Si usted interesa la custodia de sus hijos, salir corriendo de su casa y dejar a sus hijos con su pareja podría interpretarse como un abandono. Esto casi garantiza que le otorguen la custodia provisional a su pareja, y probablemente, salvo condiciones extraordinarias, determinará la custodia permanente. Si su pareja decide litigar la custodia de los menores, esta sencilla decisión de irse de su casa podría servirle de base para postergar el litigio por más tiempo, obligándolo a usted a demostrarle al tribunal que aunque se fue huyendo de su hogar y dejó a sus hijos, es mejor opción para criar a sus hijos.

2. Podría afectar su interés propietario. ¿Cómo le parecería a un juez que usted salió de su casa y su pareja terminó pagando la hipoteca de su hogar mientras se veía el divorcio? De seguro le otorgarán un crédito por lo que pagó, pero no se ve muy bien que haya dejado a su pareja pagando una deuda que ambos tienen en común.

3. Salir corriendo inclina la balanza económica a favor de su pareja. Supongamos que al inicio de su trámite de divorcio, alquila un apartamento para vivir mientras se ve el divorcio. Usted se quiere divorciar, y su pareja no. El tribunal ordena que se mantengan todas las deudas tal y como lo están en ese momento hasta tanto termine el divorcio. Ahora usted tiene que pagar el apartamento hasta que termine o el tribunal lo libere. Le acaba de dar una razón a su pareja para hacer las negociaciones más difíciles y prolongar el pleito, a ver si usted resiste el tener que pagar una deuda más. Sucede todo el tiempo, el esposo se va de la casa, sigue pagando las deudas incluyendo la hipoteca, y ahora se añade otra renta más. No cometa este error.

Mudarse de su casa, o salir huyendo despavoridamente podría tener efectos nefastos para su divorcio. Nunca lo haga sin primero consultar con su abogado las repercusiones que podría traer. En muchas ocasiones, los jueces pueden determinar quien se queda y quien se va del hogar conyugal mientras se ve el divorcio, y usted podría ser favorecido. Mejor córrase el riesgo de irse de su casa favorecido por un juez.