El término dispuesto para todos los casos anteriores a la enmienda a la ley para impugnar la Paternidad, el Reconocimiento Voluntario o la Presunción de Paternidad en Puerto Rico es de 6 meses a partir de entrar en vigor la Ley Número 215 del 29 de diciembre de 2009.
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Este conteo regresivo muestra el tiempo que falta para poder iniciar una demanda para impugnar la paternidad:
Lo sentimos, ya el tiempo expiró.
Luego de transcurridos los 6 meses, solamente se podrá presentar la demanda para impugnar la paternidad o reconocimiento voluntario en ciertas excepciones, según dispuestas por la Ley.
Este corto plazo NO SE PUEDE PRORROGAR, NI SE PUEDE INTERRUMPIR. Si usted tiene dudas, o si cree que esta ley podría aplicarle, consulte con un abogado INMEDIATAMENTE.









ya era hora que se hiciera justicia con algunos hombres que llevan una cruz que no les pertenece, y que la ley no los amparaba para nada, mi esposo es uno de ellos y el menor tiene ya 16 anos…..
Así es, ya era hora que el legislador acogiera un paradigma nuevo y ampliara el tiempo para impugnar la paternidad. En pleno siglo XXI, y con los avances en las ciencias, era increíble que los plazos para impugnar permanecieran abiertos por tan poco tiempo.
Como mujer estoy deacuerdo de que por fín se les haga justicia a tantos hombres que por amor a los que creen sus hijos asuman la paternidad de otro. También, me parece que por la carga emocional que en muchos casos esto implica, seis meses es muy poco tiempo para una desición tan importante. Estoy segura de que hay muchos padres que desprecian a los hijos que reconocieron bajo engaño, pero también hay muchos para los que ésta desición es muy difícil. Aún así, es un gran paso ponerle un hasta aqui a las mujeres que procuran para sus hijos el padre que más les convenga económicamente,aunque no sea el verdadero!
Muchísimas gracias por su comentario. En cuestiones de paternidad, nunca es fácil. Hay muchas formas en que todo el mundo puede salir herido emocionalmente, y en ciertas ocasiones, podría ser mejor callar y otorgar, que buscar la verdad.
Esta enmienda, desde un punto de vista ético y moral, presenta muchos riesgos para la integridad familiar. En cierta medida, también alivia la carga para otras personas que no tendrían opción alguna, pero en todas hay un elemento común: No es fácil. De ninguna manera.
No hay manera de que la mentira pueda estar sobre la verdad, por más que duela. La ley anterior permitía un vil engaño que perjudicaba al niño(a)y al falso padre, sin defensa alguna. No creo que haya un sólo caso en que la madre escogiera a alguien que fuera más pobre o de peor posición que el padre biológico.
Lo importante ahora es ver cómo los tribunales acogen este cambio sin el “ay bendito” que tanto daño nos hace. Ojalá de ahora en adelante nadie pueda volver a engañar con algo tan sagrado como un hijo. Lo único…la ley se quedó corta por no castigar a estas sinverguenzas que han jugado con las vidas de los demás por interés.
Si alguien sabe de algún caso ya resuelto, podría compartirlo?
De hecho, el propósito principal del sistema judicial es ese: “La búsqueda de la verdad.” Lo que sucede es que hay derechos fundamentales que no se pueden dejar al descubierto eternamente, y la certeza de un padre hacia un menor es uno de ellos. Por lo general, uno puede reclamar un derecho dentro de un marco de tiempo específico, y el paso del tiempo cierra esa “ventana”, y se garantiza una cierta estabilidad jurídica. A veces, esa estabilidad es una mentira, pero tiene un interés mayor, que es la estabilidad.
Coincido TOTALMENTE con la abundancia del “Ay bendito” en el sistema de tribunales. Ojalá y no prospere, como suele suceder.
Hasta ahora, no he escuchado de ningún caso resuelto. Tan pronto sepa de uno, lo reportaré, pero considerando que un caso madura en un promedio de 9 a 11 meses (por experiencia propia), pasará más tiempo hasta que algún caso que apenas comience ahora, termine.
Mi caso esta casi resuelto, a 6 meses de radicacion pero aun asi la ley solo provee para paralizacion de pension, pero no para el reembolso de gastos de honorarios de abogado ni nada… Tengo un amigo q esta creando un grupo de apoyo para tratar d ampliar esta ley.. si les interesa comuniquense a pito_monkey80@yahoo.com
Creo que esta ley recién aprobada es bastante defectuosa, sin embargo, es el comienzo. El principiosegún el cual, cualquier hijo nacido en un matrimonio adquiere la paternidad y maternidad de ambos, es en pos de los intereses del más desfavorecido, que es siempre el menor.
Yo estoy pasando por eso ahora luego de 7 años de estar casado ,me entero que mi hijo de 3 años no es mi hijo , y que mi exposa se comenzo a ver con esta persona nuevamente, o sea , se destruyo la familia, y el proceso creo q cada cual asuma responsabilidad en esto, entiendo la parte emocional ,pero no es justo seguir llevando cargas de otros y mas cuando fue por engaño.